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Plazo. Uruguay tiene dos meses para habilitar derecho a la verdad de Juan y Macarena Gelman

La CIDH se pronunció a favor de Gelman en su denuncia contra el Estado uruguayo

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) adoptó resolución a favor de Juan y Macarena Gelman en su denuncia contra el Estado uruguayo que con la vigencia de la Ley de Caducidad no le permite saber la verdad sobre lo ocurrido con María Claudia García de Gelman, desaparecida en Uruguay en 1976.

La resolución fue comunicada ayer al Ministerio de Relaciones Exteriores.

La decisión de la CIDH fue notificada formalmente ayer en la mañana a la Cancillería uruguaya. El contenido de la resolución entregada a la Cancillería establece un plazo de dos meses para que el Estado de Uruguay cumpla las recomendaciones del organismo de derechos humanos de la Organización de Estados Americanos (OEA).
Aunque la resolución de la CIDH es reservada para la parte denunciante, el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (Cejil) que representa a los Gelman ante la OEA informó al abogado José Luis González que el pronunciamiento es favorable ya que impone el artículo 50 de la Convención Interamericana de Derechos Humanos.
La Convención establece en su artículo 50 que cuando el Estado parte no da una solución satisfactoria a las recomendaciones de la CIDH, el organismo trasmitirá sus conclusiones e impondrá un plazo de dos meses para su cumplimiento, antes de que el caso sea derivado a la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
La CIDH ya había realizado un pronunciamiento en contra de la Ley de Caducidad en el año 1992, durante el gobierno de Luis Alberto Lacalle, pero la norma se mantuvo vigente. La Corte Interamericana, de actuar, puede imponer una condena al Estado uruguayo que, incluso, correría riesgo de ser expulsado de la OEA.
María Claudia, nuera del poeta argentino y madre de la joven nacida en cautiverio en el Hospital Militar, fue secuestrada el 28 de agosto de 1976 en Buenos Aires, recluida junto a su esposo Marcelo Gelman en el centro de torturas Automotores Orletti y luego trasladada ilegalmente a Montevideo donde dio a luz a su hija antes de ser desaparecida.
Macarena Gelman había recuperado su identidad en el año 2000 poco después de la asunción del presidente Jorge Batlle, quien decidió la creación de la Comisión para la Paz, sin embargo, meses más tarde el propio mandatario decidió cerrar la causa judicial al incluirla en la polémica Ley Nº 15.848.
 
 

La denuncia Gelman

El reclamo ante la CIDH fue presentado el 8 de mayo de 2006 por Juan Gelman y Macarena Gelman, quienes denunciaron que sus derechos eran violados por Uruguay donde el Poder Judicial había clausurado definitivamente la indagación sobre lo ocurrido con María Claudia y su eventual lugar de enterramiento clandestino.
Un año después, la CIDH aprobó un informe de admisibilidad sobre el Caso Gelman y pidió respuesta al Estado uruguayo por el mantenimiento de la Ley de Caducidad de la Pretensión Punitiva del Estado, que ya había sido considerada violatoria de la Convención Interamericana de Derechos Humanos en el año 1992.
El expediente del Caso Gelman fue reabierto en dos ocasiones por el juez Gustavo Mirabal, ante quien se presentaron pruebas supervinientes aportadas por sendas investigaciones de LA REPUBLICA, en las que se ubicó la Base Valparaíso (último paradero de María Claudia) y se denunció la existencia del "segundo vuelo" de Orletti.
La investigación periodística estableció que María Claudia fue trasladada a Uruguay en el mismo "paquete" de ese "segundo vuelo" por el que en 1976 se trajo a una veintena de uruguayos, secuestrados en Argentina y torturados en Orletti, quienes fueron recluidos en el "300 Carlos", ejecutados en forma masiva y sus cuerpos desaparecidos.
El presidente Tabaré Vázquez, al asumir declaró que el caso Gelman estaba excluido de la Caducidad, sin embargo, el fiscal actuante, doctor Enrique Moller, pidió entonces archivar el caso porque consideró que la Ley de Caducidad era una amnistía, y un tribunal de apelaciones confirmó la clausura del expediente.
A principios de 2008, Macarena Gelman volvió a presentarse ante la Justicia y pidió la reapertura de la causa. El pedido fue recibido por el juez Pedro Salazar, quien dio vista al fiscal Eduardo Fernández Dovat, que admitió reabrir la indagatoria. El Juzgado citó para el próximo 28 de agosto a los primeros testigos.

 


El País. Lunes 11 de Agosto de 2008 

 
Florentín Meléndez, Relator para Uruguay de la Corte Interamericana de Derechos Humanos: "El Gobierno debe compensar a las víctimas de la dictadura"
 
Para el relator de Uruguay en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) de la OEA, el gobierno está obligado a compensar a las víctimas del gobierno de facto y adoptar medidas para esclarecer los hechos ocurridos en ese período. Esas fueron las recomendaciones que hizo la CIDH sobre la ley de caducidad que "son jurídica, política y moralmente vinculantes y obligatorias", dijo.
 
-El informe 29/92 de la CIDH indicó a Uruguay que la Ley de Caducidad es incompatible con tratados internacionales pero su vigencia ha sido mantenida por todos los gobiernos. ¿Cuál es su posición? ¿El gobierno debe cumplir ese informe derogando o anulando la ley? ¿El país es pasible de sanciones por no hacerlo?
 
-Uruguay debe cumplir con el informe 29/92 y adecuar su derecho interno a la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
 
La Comisión Interamericana decidió y recomendó al Estado una justa compensación a las víctimas y la adopción de medidas para esclarecer los hechos e individualizar a los responsables de las violaciones de derechos humanos ocurridas en el período de facto.
 
El cumplimiento de la resolución de la CIDH pasa necesariamente por la afectación de la ley.
 
El informe 29/92 y su estado de cumplimiento fue objeto de examen en el período de sesiones de la CIDH, ocasión en la cual expresé que las decisiones y recomendaciones de la Comisión son jurídica, política y moralmente vinculantes y obligatorias para los Estados miembros de la OEA y partes de la Convención Americana. Afirmé, además, que en este caso está en juego no sólo el interés particular de las víctimas y sus familias, sino también el interés de la sociedad uruguaya y de la comunidad interamericana de conocer la verdad de las graves y sistemáticas violaciones de derechos humanos, de recibir justicia y obtener reparación moral y material.
 
El gobierno debe tomar medidas para cumplir con las recomendaciones de la CIDH, tal como lo establece la Convención Americana. Respecto a las sanciones, en derecho internacional existen algunas sanciones de índole política y moral de los órganos políticos del sistema interamericano pero, independientemente de la eficacia de estos mecanismos, los Estados deben cumplir de buena fe y actuar como auténticos Estados democráticos sin esperar a que se acuda al mecanismo de la publicidad y la denuncia internacional para reclamar su cumplimiento.
 
-Uruguay es un país que recientemente comenzó a presentar casos ante la CIDH y no hay ninguna sentencia de la Corte Interamericana. ¿A qué cree que se debe esa escasa presencia?
 
-El número de casos depende de que las organizaciones de la sociedad civil y las víctimas o sus familiares, presenten denuncias por violaciones a los derechos humanos, después de haber agotado los recursos de la jurisdicción interna.
 
El número de casos contra Uruguay es de los más bajos en América Latina, a pesar de que el país ratificó con reservas la Convención Americana en 1985 y que en ese mismo año reconoció la competencia contenciosa de la CIDH. Habría que tomar en cuenta hasta dónde la sociedad uruguaya y la comunidad jurídica conocen el sistema interamericano y por qué no lo han utilizado como ha sucedido en otros países.
 
-Entre esos casos está el de un periodista condenado por la Justicia que fue estudiado por la CIDH, donde el gobierno y los demandantes llegaron a una solución que incluye la aprobación de un proyecto de ley que despenalice algunos delitos vinculados a la libertad de expresión. ¿Qué balance hace de la libertad de expresión en Uruguay y de las leyes vigentes sobre ese tema?
 
-En este caso no existe todavía un informe definitivo de solución amistosa entre las partes, pero sí se han realizado reuniones de trabajo para avanzar en este sentido.
 
En cuanto a la libertad de expresión, la CIDH ha examinado y valorado la situación a través del monitoreo que hace su relatoría especial sobre el tema y ha destacado que existen aspectos positivos y varios desafíos. Ha valorado positivamente que el Parlamento haya sancionado una ley que reconoce y obliga al Estado a promover y garantizar la existencia de medios comunitarios.
 
Ha destacado que esta iniciativa incluye procedimientos no discrecionales para el otorgamiento de frecuencias, así como la realización de audiencias públicas para la concesión y renovación de permisos. Esta normativa está en consonancia con los estándares del sistema interamericano. Sin embargo, tiene temas pendientes para garantizar el pleno ejercicio de la libertad de expresión. Uno de ellos es la necesidad de compatibilizar su derecho interno con la Convención Americana en materia de libertad de expresión a través de la derogación del delito de desacato contemplado en la legislación penal.
 
También se ha considerado necesaria la reforma del Código Penal y de leyes conexas a fin de eliminar las sanciones penales relativas a las ofensas al honor o reputación derivadas de la difusión de información sobre asuntos de interés público.
 
-Usted también es relator sobre el sistema carcelario. ¿Cómo ve el estado de las cárceles uruguayas, de los presos, la Policía y el Poder Judicial?
 
-Hasta la fecha no hemos podido realizar visitas a las cárceles uruguayas y constatar de manera directa las condiciones carcelarias, por lo que no podría hacer una evaluación objetiva sobre el estado de las cárceles. No obstante, por distintas fuentes estamos informados de la situación de sobrepoblación y de las condiciones en que se encuentran los privados de libertad, que son similares a las que se observan en países de la región; pero todo ello debe ser objeto de un examen y verificación directa en el terreno que nos permita constatar la veracidad de la información y hacer una evaluación objetiva.
 
Nuestro interés es monitorear las condiciones de internación en las prisiones y en otros establecimientos como hospitales psiquiátricos y centros de menores de edad y ancianos. Ello nos servirá para preparar un informe regional sobre condiciones carcelarias y buenas prácticas penitenciarias en la región.
 
Perfil
 
Nombre: Florentín Meléndez
 
Nació: El Salvador
 
Edad: 56 años
 
Otros datos: Licenciado en Ciencias Jurídicas.
 
Humanista vocacional
 
El relator para Uruguay de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos de la Organización de Estados Americanos (OEA) es abogado consultor en Derechos Humanos; aspectos legales y constitucionales; Derecho Internacional y administración de justicia.
 
Se licenció en Ciencias Jurídicas en la Facultad de Jurisprudencia de El Salvador; se doctoró en derecho por la Universidad Complutense de Madrid y es magister en Derechos Humanos de esa misma universidad. Además, cursó estudios sobre Derechos Humanos y Derecho Humanitario en Francia, Estados Unidos, Costa Rica y España. También fue relator para las personas privadas de libertad en las Américas y miembro de la Asamblea General del Instituto Interamericano de Derechos Humanos.
 
 

TODOS LOS ESTADOS DEBEN HACERLO

Caso ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos

Bolivia pidió "perdón" por desapariciones.

El Estado boliviano admitió ayer su responsabilidad en un caso de desaparición forzada que implica al Ejército de ese país y pidió "perdón" por este y todos los crímenes cometidos durante los regímenes dictatoriales, al inicio de una nueva audiencia de la Comisión Interamericana de los Derechos Humanos (CIDH) de la OEA que se celebró ayer en Montevideo. El caso que implica a Bolivia tiene que ver con la desaparición del estudiante Renato Ticona Estrada, el 22 de julio de 1980, pocos días después del golpe de Estado de Luis García Meza Tejada.

Ticona Estrada fue detenido ese día junto a su hermano Hugo Ticona Estrada. Ambos fueron golpeados fuertemente por los efectivos y torturados según relató su hermano ayer, desde ese día "nunca más lo volví a ver", dijo. El juicio penal por la desaparición de su hermano fue iniciado por la familia en 1983 y no ha superado todavía la fase del sumario o instrucción. Pero, el 9 de agosto de 2004 la CIDH recibió una petición presentada por el Defensor del Pueblo de Bolivia en la que se alega la violación de los derechos humanos de los ciudadanos Renato Ticona Estrada, su hermano y el resto de la familia. Al inicio de la audiencia, el Estado boliviano reconoció la responsabilidad en los casos de desapariciones en su país y solicitó el "perdón" por dichos hechos, postura que fue saludada por los cinco integrantes de la Corte Interamericana al finalizar la audiencia.

La familia demandante reclaman que el Estado sancione a los responsables de la desaparición forzada y entregue a los familiares los restos de Renato Ticona para que puedan recibir una "cristiana sepultura". La Corte saludó con beneplácito la presencia del Defensor del Pueblo de Bolivia, Waldo Albarracín, en la audiencia se destacó su carácter de histórico por dicha presencia. "Es una nueva presencia en esta dimensión con estas características, y enriquece y fortalece al sistema interamericano de protección de los derechos humanos". El juez García Ramírez dijo que la figura del ombudsman "mejorará la tutela de los ddhh".

 

 

 

 

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